CORPORACIÓN DEL FONDO DE INTERÉS
APREMIANTE | |||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||||
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BASE LEGAL La Ley Núm. 91 del 13 de mayo de 2006 según enmendada, conocida como "Ley del Fondo de Interés Apremiante", crea una corporación pública e instrumentalidad del Gobierno de Puerto Rico que constituye un cuerpo corporativo y político independiente y separado que se conocerá como la Corporación del Fondo de Interés Apremiante de Puerto Rico "COFINA"), cuyo nombre en inglés será "Puerto Rico Sales Tax Financing Corporation". Esta Corporación, se crea con el propósito de emitir bonos y utilizar otros mecanismos de financiamiento para diferentes propósitos.
Financiar el pago o cancelación de ciertas obligaciones de deuda del ELA y proveer un mecanismo de repago seguro y definitivo. PRESUPUESTO APROBADO PARA EL AÑO FISCAL 2020-2021 El Presupuesto considera las
recomendaciones del Plan Fiscal presentado a la Junta de Supervisión y
Administración Financiera, creada bajo la Ley de Supervisión,
Administración, y Estabilidad Económica de Puerto Rico (Puerto Rico
Oversight, Management and Economic Stability Act of 2016, en adelante
"PROMESA", por sus siglas en inglés), Pub. L. No. 114-187,130 Stat. 2183
(2016). Este presupuesto permitirá el cumplimiento con los deberes
ministeriales de cada entidad gubernamental cónsono con la aplicación de
la política pública, así como con las disposiciones y limitaciones de
gasto en el año eleccionario.
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